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El Seguro Obligatorio de Viajeros (SOV) es un seguro incluido en determinados transportes públicos colectivos en España. Protege al viajero frente a daños corporales causados por un accidente del medio de transporte y puede dar derecho a asistencia sanitaria e indemnización por fallecimiento o incapacidad, según el Reglamento vigente.
El SOV suele pasar desapercibido porque el viajero no tiene que contratarlo de forma independiente: normalmente forma parte del propio transporte.
Tampoco debe confundirse con un seguro de viaje privado. El SOV tiene una finalidad mucho más concreta y limitada: proteger frente a accidentes corporales relacionados con determinados transportes públicos colectivos.
¿Qué es el Seguro Obligatorio de Viajeros?
El Real Decreto 1575/1989 regula el Seguro Obligatorio de Viajeros.
Su finalidad es indemnizar al viajero o a sus beneficiarios cuando se producen daños corporales derivados de un accidente ocurrido durante el desplazamiento en un medio de transporte público colectivo, siempre que se cumplan las condiciones del Reglamento.
Es compatible con otros seguros que el viajero pueda tener contratados.
¿Quién está asegurado?
La norma protege, con carácter general, a la persona que dispone de un título válido de transporte, ya sea de pago o gratuito.
También contempla determinados menores exentos de billete y personal vinculado al servicio en las situaciones previstas por el Reglamento.
¿Qué transportes están incluidos?
El Reglamento incluye diferentes medios de transporte público colectivo terrestre y marítimo.
Entre ellos se encuentran:
- autobuses y autocares cuando realizan transporte público colectivo;
- ferrocarriles y trenes;
- determinados transportes guiados o análogos previstos por la norma;
- transporte marítimo español en los supuestos regulados.
¿El SOV cubre los vuelos?
La aplicación de este Reglamento del SOV al transporte aéreo quedó en suspenso por su disposición final segunda.
Los pasajeros aéreos disponen de otros regímenes de responsabilidad y protección. Por tanto, no conviene explicar el SOV como si fuera el seguro que cubre de manera general un billete de avión.
No está diseñado para cubrir una enfermedad durante las vacaciones, cancelación de vuelos, pérdida de equipaje por cualquier causa, repatriación médica internacional o todos los riesgos habituales de un viaje.
¿Qué accidentes cubre?
El Reglamento protege las lesiones corporales derivadas directamente de accidentes relacionados con el vehículo, como:
- choque;
- vuelco;
- alcance;
- salida de la vía;
- rotura;
- explosión;
- incendio;
- golpe exterior;
- otras averías o anormalidades del vehículo previstas por la norma.
También se contemplan determinados accidentes al entrar o salir del vehículo y durante operaciones directamente vinculadas al viaje.
¿Qué prestaciones ofrece?
El SOV contempla:
- asistencia sanitaria en los términos establecidos por el Reglamento;
- indemnización por fallecimiento cuando la muerte sea consecuencia del accidente cubierto;
- indemnización por incapacidad permanente;
- indemnización por incapacidad temporal en los supuestos previstos.
Las indemnizaciones se calculan de acuerdo con el baremo regulado por la normativa.
¿Cuánto tiempo cubre la asistencia sanitaria?
El artículo 19 establece distintos límites según la situación:
- hasta 72 horas para determinadas lesiones que no requieren hospitalización ni tratamiento especializado;
- hasta 10 días cuando la asistencia esté cubierta por otros seguros obligatorios;
- hasta 90 días en los demás casos previstos.
¿Qué accidentes quedan excluidos?
El Reglamento excluye la protección del asegurado que haya provocado el accidente:
- en estado de embriaguez;
- bajo efectos de drogas, estupefacientes o estimulantes;
- mediante actos dolosos.
¿Cómo se acredita que estabas asegurado?
El billete o título de transporte es la prueba habitual.
El Reglamento también admite otros medios de prueba cuando el billete se pierde o destruye a causa del propio accidente y las circunstancias hacen verosímil que el viajero estaba utilizando legítimamente el transporte.
¿Cómo reclamar tras un accidente?
Si sufres un accidente:
- Comunícalo cuanto antes al personal de la empresa de transporte.
- Conserva el billete, tarjeta o justificante del viaje.
- Solicita parte, informe o documentación del accidente.
- Guarda informes médicos y facturas.
- Pide a la empresa transportista los datos de la aseguradora y el procedimiento de reclamación.
- Si existen daños graves o dudas sobre responsabilidad, valora asesoramiento jurídico.
SOV y responsabilidad de la empresa transportista
El SOV no elimina la posible responsabilidad civil de la empresa transportista, del conductor o de terceros.
La propia norma establece que el Seguro Obligatorio de Viajeros es compatible con otras responsabilidades e indemnizaciones que puedan corresponder.
Diferencia entre SOV y seguro de viaje
| Cobertura | SOV | Seguro de viaje privado |
|---|---|---|
| Accidente del transporte cubierto | Sí, dentro de la normativa. | Puede incluir accidentes según póliza. |
| Enfermedad durante el viaje | No como cobertura general. | Puede estar cubierta. |
| Repatriación internacional | No es su finalidad general. | Habitual en muchas pólizas. |
| Equipaje y anulación | No como cobertura general. | Puede incluirse según producto. |
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Preguntas frecuentes
¿Tengo que contratar el SOV aparte?
Normalmente no. Es el transportista quien debe tener contratado el seguro correspondiente para los viajeros protegidos por la norma.
¿Está incluido en un billete de tren o autobús?
Cuando el transporte está incluido en el ámbito del Reglamento, el viajero queda protegido en los términos de la norma.
¿Cubre un vuelo?
La aplicación del Reglamento del SOV al transporte aéreo está suspendida. Los vuelos se regulan mediante otros sistemas de protección y responsabilidad.
¿Es compatible con mi seguro de viaje?
Sí. El Reglamento establece expresamente su compatibilidad con otros seguros.