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¿Cómo renuevo una visa no lucrativa en España?

Mucha gente vive hoy en España con un visado no lucrativo. Son aquellas personas que deciden venir a España a residir pero que no tienen permiso para trabajar en el país, ni por cuenta ajena ni por cuenta propia.

Si tienes una tarjeta de residencia no lucrativa y está a punto de caducar necesitas renovarla para poder permanecer legalmente en España. A través de este blog de seguros de viaje, Easy-Go te informará de todo lo que necesitas saber para renovar la residencia obtenida a través de tu visa no lucrativa española.

Autorización de visa no lucrativa

 Se trata de un permiso de residencia para vivir y residir en España sin necesidad de realizar una actividad laboral.

Requisitos para renovar la visa no lucrativa

  • No ser ciudadano de un país de la Unión Europea, de Suiza o familiar de ciudadanos de estos países.
  • No tener antecedentes penales en España.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como “rechazable” en países con los que España tenga firmado un convenio.
  • Ser titular de un permiso de visa no lucrativa vigente o estar dentro de los 90 días naturales siguientes a su vencimiento.
  • Disponer de los medios económicos necesarios para cubrir los gastos de estancia y regreso, de acuerdo con lo siguiente:
    • Para tu apoyo mensual, el 400% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que en 2023 ha ascendido a 2.400€.
    • Para tus familiares, el 100% del IPREM, en 2023 una cantidad de 600€.
    • Consultar cuánto dinero tengo que mostrar cuando renueve mi visado no lucrativo en España.
  • Disponer de un seguro médico público o privado
  • Que los menores a tu cargo estén escolarizados durante tu estancia en España.

 

¿Cómo renuevo una visa no lucrativa?

Documentación que debes aportar para la renovación del visado no lucrativo

  • Formulario de solicitud en modelo oficial (EX-01) (dos copias), debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante.
  • Pasaporte o documento de viaje, reconocido como válido en España, con una vigencia mínima de un año.
  • Copia completa (todas las páginas) del pasaporte o documento de viaje válido.
  • Documentación que acredite disponer de un medio de subsistencia durante el periodo solicitado.

Para poder acreditar que dispones de estos medios económicos puedes utilizar cualquier documento admitido en derecho, incluidos títulos de propiedad inmobiliaria, cheques certificados o tarjetas de crédito acompañadas de una certificación bancaria que acredite la cantidad disponible como crédito en la tarjeta. Si los medios proceden de acciones o participaciones en sociedades españolas, mixtas o extranjeras, radicadas en España, se deberá acreditar que el solicitante no ejerce actividad laboral alguna, acompañando declaración jurada al respecto.

  • Documentación que acredite disponer de un seguro médico, o certificado de seguro médico.
  • En caso de estar a cargo de menores con edad de escolarización obligatoria, se deberá emitir un informe del centro educativo.
  • Comprobante de pago de la tasa 790 código 052.
  • Todo documento aportado a la renovación del visado no lucrativo debe estar legalizado y traducido. Las traducciones deben ser realizadas por un traductor jurado autorizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

¿Cuándo debo solicitar una renovación de visa no lucrativa?

  • Dentro de los 60 días anteriores al vencimiento de tu visa no lucrativa.
  • Dentro de los 90 días posteriores a la expiración de tu visa no lucrativa.

Se recomienda renovarla dentro de los 60 días anteriores al vencimiento de la tarjeta. En el segundo caso, la oficina de extranjería podría multarte por haber dejado caducar tu tarjeta de residencia.

La renovación la puedes hacer tú mismo o tu representante legal o voluntario.

¿Dónde y cómo puedo renovar la visa no lucrativa?

La renovación de este permiso de residencia debe solicitarse en la Oficina de Extranjería donde tienes tu domicilio registrado (empadronamiento).

Actualmente existen varias formas de renovarla:

  • Con cita previa en la propia oficina de extranjería.
  • A través de cualquier registro público de subdelegación o delegación del gobierno.
  • Por correo postal.
  • A través de medios electrónicos. Es la mejor opción, ya que de esta forma la renovación se presenta directamente en la oficina de extranjería sin intermediarios y se asigna un número de expediente sin tener que desplazarse ni pedir cita.

Esta tramitación la puedes realizar con tu certificado digital o contraseña permanente (cl@ve permanente).

Una vez que la Oficina de Extranjería tiene conocimiento de la solicitud, tiene un plazo legal de 3 meses para procesar y responder. Si transcurrido este plazo no tienes noticias, se podrá entender que ha sido aprobada por “silencio administrativo”.

¿Cómo verifico el estado en línea de mi solicitud de renovación de residencia?

Para consultar el estado de tu solicitud de renovación, puedes hacerlo a través de este link: https://sede.administracionespublicas.gob.es/infoext2/

Puedes acceder al estado rellenando tu NIE, la fecha en la que presentaste la solicitud y tu año de nacimiento.

También existe la opción de hacerlo con el pin Cl@ve. Para obtener el pin, primero debes registrarte en persona o online.

Una vez que estés registrado, descarga la aplicación cl@ve pin.

Concesión de la renovación de la visa no lucrativa

 A partir de la notificación de la concesión del permiso de visado no lucrativo tienes un mes para realizar el trámite de toma de huellas dactilares y solicitar la emisión de tu tarjeta física. Para poder hacer este trámite necesitas la siguiente documentación:

  • Solicitud de tarjeta de identidad de extranjero, en modelo oficial (EX-17).
  • Comprobante de pago de la tasa 790 código 012.
  • Tres fotografías recientes a color, sobre fondo blanco, tamaño pasaporte.
  • Concesión de la visa no lucrativa.
  • Pasaporte válido.
  • Tarjeta de identificación del extranjero.

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